
Abogada de herencias, familia y patrimonio en Madrid
Abogada en Madrid · Sucesiones · Familia · Derecho inmobiliario · Derecho del mayor
¿Pueden ayudarme con mi caso?
Asesoramiento para las decisiones que importan
- Ha fallecido un familiar y no sabe por dónde empezar.
- Quiere hacer testamento o dejar organizada su sucesión.
- Los herederos no se ponen de acuerdo sobre un inmueble.
- Se plantea una separación y hay hijos o patrimonio en común.
- Su padre o su madre empiezan a necesitar ayuda con sus asuntos.
- Ha heredado la nuda propiedad o el usufructo de una vivienda.
Sucesiones
Sucesiones y herencias
Testamentos, planificación de la sucesión y tramitación completa de herencias, también cuando los herederos no se ponen de acuerdo.
- Testamentos y planificación sucesoria
- Aceptación, partición y adjudicación
- Conflictos entre herederos
Familia
Derecho de familia
Separaciones, divorcios y acuerdos familiares tratados con discreción, con especial cuidado cuando hay hijos.
- Separaciones y divorcios
- Custodia y pensión de alimentos
- Capitulaciones y mediación familiar
Inmobiliario
Derecho inmobiliario
Compraventas, alquileres, comunidades de propietarios y problemas registrales, con seguridad jurídica antes y después de firmar.
- Compraventas y contratos de arras
- Arrendamientos y desahucios
- Comunidades de propietarios y Registro
Mayores
Derecho del mayor
Protección de la autonomía y del patrimonio de las personas mayores, y seguridad jurídica para las familias que las cuidan.
- Poderes preventivos y autocuratela
- Guarda de hecho y medidas de apoyo
- Protección patrimonial

¿Quién se ocupará de su caso?
Pilar Maldonado, abogada en Madrid
Pilar Maldonado dirige personalmente cada asunto de la boutique. Le atiende en la primera consulta, estudia su documentación y le propone el camino a seguir.
Además, trabaja con una idea sencilla: una persona decide mejor cuando entiende lo que está en juego. Por eso cada paso se explica antes de darlo, con palabras claras y, cuando conviene, por escrito.
Si su asunto requiere notaría, asesoría fiscal u otros profesionales, ella los coordina. Usted tiene un único interlocutor.

Abogada colegiada en el ICAM
Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid · n.º 62365
¿Cómo será el proceso?
Cómo abordamos su caso: cuatro etapas claras
1
Primera consulta
En primer lugar, escuchamos su situación con calma, revisamos la documentación que tenga a mano y le decimos con franqueza qué opciones vemos.
2
Diagnóstico y propuesta
A continuación, recibe por escrito un esquema del camino: fases, documentación, profesionales que intervienen y propuesta de honorarios. Usted decide si seguimos.
3
Gestión
Después, nos ocupamos de los trámites y de la coordinación con notaría, asesoría fiscal, registro o juzgado, y le informamos de cada avance.
4
Cierre
Por último, le entregamos un resumen de lo realizado, la documentación ordenada y, si procede, recomendaciones para el futuro.
En cualquier caso, cada asunto tiene sus propios tiempos. Desde el principio le explicamos de qué dependen en su caso.
Preguntas frecuentes
Si afronta una herencia por primera vez
Respuestas breves a las dudas más habituales. Son orientaciones generales: cada herencia tiene particularidades que conviene estudiar con la documentación delante.
¿Qué conviene hacer en las primeras semanas tras el fallecimiento?
Ante todo, lo esencial es reunir documentación: el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades —que puede solicitarse pasados quince días hábiles desde el fallecimiento— y el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. También ayuda localizar escrituras, recibos y extractos bancarios. No es necesario tomar decisiones sobre los bienes en estos primeros días.
¿Cómo sé si mi familiar hizo testamento?
El certificado de últimas voluntades, que expide el Ministerio de Justicia, indica si la persona otorgó testamento, ante qué notario y en qué fecha. Después, con ese dato se pide a la notaría una copia autorizada del último testamento.
¿Y si no hay testamento?
En ese caso, la ley determina quiénes son los herederos. Para acreditarlo se tramita una declaración de herederos, que en la mayoría de los casos se hace ante notario. Después se elabora el inventario de bienes y deudas y se reparte la herencia conforme a la ley.
¿Estoy obligado a aceptar la herencia?
No. Puede aceptarla, aceptarla a beneficio de inventario —para que las posibles deudas no afecten a su propio patrimonio— o renunciar a ella. Conviene decidirlo después de conocer bien el inventario, porque la aceptación y la renuncia, una vez hechas, son irrevocables.
¿Hay algún plazo para el Impuesto sobre Sucesiones?
Sí. En general, el plazo para presentarlo es de seis meses desde el fallecimiento, y puede pedirse una prórroga dentro de los cinco primeros meses. Coordinamos este paso con la asesoría fiscal para que el calendario esté controlado desde el principio.
¿Qué ocurre si los herederos no se ponen de acuerdo?
En efecto, el reparto de la herencia necesita el acuerdo de todos los herederos. Si no se alcanza, hay alternativas antes de llegar a juicio: la negociación, la mediación o el nombramiento de un contador-partidor dativo. Si ninguna prospera, cualquier heredero puede pedir la división judicial. Le explicamos cada vía y sus consecuencias.
¿Qué debo llevar a la primera consulta?
En principio, lo que tenga a mano: certificados de defunción y de últimas voluntades, copia del testamento, escrituras, recibos del IBI y extractos bancarios. Si falta algo, forma parte de nuestro trabajo ayudarle a conseguirlo.
Guías
Guías jurídicas para entender antes de decidir
-
Documentación para una herencia: cómo preparar la primera consulta
Qué documentación reunir para una herencia: certificados, bienes, deudas y preguntas para preparar la primera consulta con su abogada en Madrid.
¿Cómo contacto?
Cuéntenos su situación
Para empezar, escríbanos unas líneas sobre su situación. Le responderemos para concertar una primera consulta y le indicaremos qué documentación conviene reunir.
También puede escribir a secretaria@madridjuridico.com o llamar al (+34) 618 578 150.
Firmeza serena.
